- REGISTRO PLURINACIONAL DE ARTISTAS
- FORMULARIOS PARA REGISTRO
- CERTIFICACIÓN DE AUSPICIOS
- NORMATIVA
REGISTRO PLURINACIONAL DE ARTISTAS BOLIVIANOS
• ¿Qué es el Registro Plurinacional del Artista?
El Registro Plurinacional de Artistas es una herramienta desarrollada por el Ministerio de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización que constituye un documento público y de consulta a la vez que exime de impuestos a las actividades de producción y difusión de artistas bolivianos. Asimismo permite acceder a información relacionada a artistas de diversas especialidades, contacto y otros elementos que facilitan la promoción de su arte a través de plataformas establecidas para el efecto. Difunde el trabajo de los artistas y sus producciones, visibiliza y organiza la información sobre su obra y trayectoria.
• ¿Quiénes pueden registrarse?
Pueden registrarse todas y todos los artistas del Estado Plurinacional de Bolivia, y bolivianos en el exterior a través de la Plataforma Digital.
Están habilitados, de manera no limitativa, las siguientes categorías:
• Artes Musicales (Todos sus géneros y estilos, compositores, intérpretes y directores)
• Artes Escénicas (Actrices y actores, Directores de Teatro, Comediantes, Títeres, Pantomima, Cuenta cuentos, Magos, Payasos, Artes circenses, etc. La danza en todos sus géneros)
• Artes Visuales y Plásticas (Dibujo, pintura, escultura, diseño, fotografía, ilustración, etc.)
• Artes Audiovisuales (Cine, video, fotografía, televisión, animadores digitales, etc.)
• Artes Literarias (Escritores, literatos, poetas, novelistas, cuentistas, etc.)
• Artes Populares (Tejido originario, Arte originario, Creadores de arte manual, alternativo, alfarería, orfebrería, bordadores, mascareros,etc.)
• ¿Cuáles son los requisitos?
REGISTRO INDIVIDUAL DE ARTISTAS
• Ser boliviano de nacimiento.
• Documento de Carnet de Identidad (Físico y digital).
• Hoja de Vida Artística respaldada optativamente con certificados, reconocimientos, programas de presentaciones, fotos u otros. (Físico y digital)
• Resumen de biografía artística, en digital, en un párrafo de seis líneas.
• Fotografía Digital JPG con fondo blanco de 3x3
• La documentación solicitada en digital debe ser enviada al email: registroartistas@minculturas.gob.bo. Para verificación de los documentos y entrega de credencial, la documentación debe ir en folder.
REGISTRO COLECTIVO DE ARTISTAS (GRUPOS, ELENCOS, CONJUNTOS)
• Carta de solicitud de Registro de Artista del grupo, elenco, para la designación o acreditación de un representante al registro de artista. (FISICO)
• Fotocopias de C.I. de los firmantes y representante (FISICO)
• Currículo artístico del grupo o elenco citando antecedentes de fundación y biografía del grupo en físico y digital (Word o Pdf editable) con respaldos de certificados, reconocimientos, programas de presentaciones, fotos u otros, el digital no debe pesar más de 10 Mb.
• Resumen corto del currículo en digital.
• Logotipo o foto del grupo en formato JPG en digital
La documentación en digital debe ser enviada al email:
registroartistas@minculturas.gob.bo. Para verificación de los documentos y entrega de credencial, la documentación debe ir en folder.
REGISTRO COLECTIVO DE CONJUNTOS DE MÚSICA Y DANZA AUTÓCTONA DE NACIONES Y PUEBLOS INDÍGENA ORIGINARIO CAMPESINOS Y AFROBOLIVIANOS
• Carta de solicitud de Registro de Artista del grupo o conjunto, acreditando a un representante con fines de contacto. La carta debe estar firmada por los integrantes o directiva adjuntando:
• Fotocopias de C.I. de los firmantes y representante (FISICO)
• Formulario de Registro de grupos autóctonos (modelo otorgado por el Ministerio de Culturas), avalado por firmas y sellos de autoridades originarias. (FISICO Y DIGITAL)
• Logotipo o foto del grupo en formato JPG (DIGITAL)
La documentación solicitada en digital puede ser enviada al email: registroartistas@minculturas.gob.bo.
Para verificación de los documentos y entrega de credencial, la documentación debe ir en folder
NOTA: Los modelos de cartas y formulario de registro de grupo autóctono pueden ser descargados de la página WEB: www.minculturas.gob.bo (Registro de Artistas)
Consultas, coordinación de entrega de documentos e información al número 2156295 interno 1067 o al email registroartistas@minculturas.gob.bo
• ¿Qué beneficios recibe el artista boliviano con la acreditación otorgada
• Reconocimiento oficial de parte del Estado Plurinacional de Bolivia al artista boliviano
• Exención del pago de Impuestos al Valor Agregado – IVA, Impuesto a las Transacciones – IT e impuesto sobre las Utilidades de las Empresas – IUE, a las actividades de producción, presentación, difusión y
eventos producidos por artistas bolivianos.
• Se habilita a contratos en todos los niveles del Estado.
• Constituye una forma de protección al artista en atención a la normativa.
• Respalda la profesión del artista boliviano.
• Incentiva y promueve el rol de los artistas en la creación y difusión de las artes y la cultura.
• Se incluye su información en Plataformas digitales de Promoción Artística promovidas desde el Ministerio de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización y otras instancias relacionadas.
• ¿Qué información proporciona el Sistema de Registro Plurinacional de Artistas?
• Proporciona una base de datos, que permite visibilizar artistas de todos los géneros y categorías artísticas en cada Departamento del país.
• Genera acceso a una información detallada de la oferta artístico-cultural boliviana.
• Promueve datos estadísticos que proporcionan información sobre la circulación artística cultural y el aporte al crecimiento económico del país.
• Aporta al reconocimiento patrimonial de las expresiones artísticas de los pueblos y naciones indígena originario campesinos y de sus derechos colectivos.
• Permite establecer y determinar campos y necesidades de capacitación, promoción y fomento en cultura para los artistas.
• ¿Cuál es la normativa que regula el Registro de Artistas?
• Ley 2206 de 30 de Mayo de 2001 establece que las manifestaciones del arte son factores de la cultura nacional y gozan de especial protección del Estado y exime del pago de Impuestos al Valor Agregado (IVA), Transacciones, (IT) a las actividades de producción, presentación y difusión de eventos, teatro, danza, música nacional, pintura, escultura y cine, que sean producidos por artistas bolivianos.
• D.S. 1241 de 23 de mayo de 2012 que reglamenta la Ley 2206 y crea el Sistema Plurinacional de
Registro de Artistas a cargo del Ministerio de Culturas y Turismo.
• RM 053/21 del 25 de marzo de 2021 de aprobación de requisitos.
MINISTERIO DE CULTURAS, DESCOLONIZACION Y DESPATRIARCALIZACION
Unidad de Industrias Culturales
Registro Plurinacional de Artistas
La Paz - Bolivia
MODELOS DE CARTAS PARA REGISTRO
MODELOS DE CARTAS PARA REGISTRO
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